Claustro

 El Claustro de profesores es un órgano de gobierno colegiado que está integrado por la totalidad del profesorado que presta servicio docente en el centro y está presidido por el Director. El Claustro es el órgano de participación del profesorado y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, decidir e informar sobre los aspectos docentes del Centro, siendo su función primordial la de impartir la docencia a todo el alumnado
En sus reuniones se realizan propuestas al Plan del Centro, se revisan normas de funcionamiento, se aportan criterios al calendario escolar, se aprueban los aspectos académicos y docentes de la Programación General Anual y de la Memoria del curso…

normativa       

ATRIBUCIONES del Claustro:

  • Formular al equipo directivo propuestas para la elaboración de la Programación General Anual. así como evaluar su aplicación.
  • Formular propuestas al Consejo Escolar para la elaboración del proyecto educativo e informar, antes de su aprobación, de los aspectos relativos a la organización y planificación docente.
  • Informar el proyecto de reglamento de régimen interior del centro.
  • Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
  • Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y en la Comisión de selección de Director
  • Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
  • Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa, así como cualquier otro informe referente a la marcha del mismo.
  • Ser informado por el Director de la aplicación del régimen disciplinario del centro.
  • Ser informado de la propuesta a la Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo.
  • Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
  • Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.